Tribunal ordena suspender cobros fiscales de la Alcaldía de Buroz contra la productora Granjas Chefran

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BARLOVENTO | En una decisión de alto impacto para el sector productivo nacional, el Tribunal Superior Cuarto de lo Contencioso Tributario dictó el pasado 30 de julio de 2026 una medida cautelar que ordena la suspensión inmediata de cualquier actuación de cierre, hostigamiento o cobro coactivo por parte de la Alcaldía del Municipio Eulalia Buroz del estado Miranda contra la empresa Granjas Chefran, C.A.

La estrategia legal, dirigida por el abogado Jean Marcel Cocci, socio director de Servicios Ofirac, C.A., logró demostrar ante la instancia judicial que la administración municipal incurría en una inconstitucionalidad al pretender clasificar la actividad agropecuaria de la granja bajo el rubro de «Industria de la Carne», exigiéndole el pago de un 1% sobre sus ingresos brutos, a pesar de ser una unidad de explotación primaria.

Una victoria para la seguridad alimentaria

Al respecto, el abogado Jean Marcel Cocci, quien lideró la defensa, destacó la trascendencia del fallo, «Este precedente es una victoria fundamental para el sector primario venezolano. La decisión demuestra que, con una defensa técnica sólida y apegada a derecho, es posible frenar la voracidad fiscal y proteger a quienes, día a día, garantizan los alimentos del país. El tribunal ha sido enfático al señalar que imponer alícuotas no establecidas en la ley para la actividad de explotación primaria atenta contra la seguridad alimentaria, consagrada en el Artículo 305 de la Constitución, y vulnera el libre ejercicio económico».

Antecedentes y protección legal

El conflicto surgió luego de que la empresa, históricamente un contribuyente cumplidor con aportes regulares y diversas contribuciones sociales a la municipalidad, fuera objeto de fiscalizaciones arbitrarias y amenazas de cierre tras no ceder ante las nuevas exigencias tributarias. Ante la falta de respuesta institucional a los recursos administrativos interpuestos (reconsideración y jerárquico), la empresa acudió a la vía judicial.

Adicionalmente, la defensa de la granja ha invocado el Decreto de Emergencia que fue prórrogado el 8 de agosto del presente año, siendo el Decreto N° 5.414, publicado en la Gaceta Oficial N° 7.066 Extraordinario del 8 de agosto de 2026, el cuál extiende el estado de emergencia económica hasta el 7 de octubre de 2026 y preserva las atribuciones del Ejecutivo para salvaguardar al sector productivo frente a los arbitrios municipales. Dicha medida, avalada por la Sentencia N° 824 de la Sala Constitucional del TSJ del 11 de agosto de 2026, refuerza la posición de la empresa ante las pretensiones de la administración local.

Aunque las partes han mantenido reuniones en búsqueda de un entendimiento mutuo, este fallo del Tribunal Superior Cuarto de lo Contencioso Tributario representa un escudo legal definitivo que garantiza la continuidad operativa de esta importante unidad productiva barloventeña.

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